Las querellas pueden ser presentadas por cualquier persona que conozca el mal uso de propiedad o de fondos públicos. Las querellas deben estar basadas en hechos concretos que reflejen la posible violación de leyes o reglamentos por parte de funcionarios, empleados públicos, agentes administradores o personas particulares.
Todo querellante, incluso el servidor público, está protegido por las disposiciones legales de la Ley 426-2000 y Ley 14-2001, según enmendada para la protección de los querellantes, denunciantes o testigos de alegados actos impropios o ilegales en el uso de propiedad y de fondos públicos, entre otros.
A continuación, detallaremos algunos ejemplos de actuaciones que deben ser objeto de querella.
- Daño o descuido de propiedad mueble o inmueble de la Administración.
- Apropiación o malversación de fondos públicos.
- Irregularidades en las subastas o procedimientos de compras.
- Contratos que sean onerosos al erario o que no se hayan celebrado conforme a las leyes y los reglamentos aplicables.
- Uso indebido de equipo y de personal del Gobierno para fines privados, como lo sería para actividades político-partidista.
- Conflicto de intereses.
- Conducta antiética.
- Conducta delictiva con propiedad o fondos públicos.
Por teléfono: 787-679-7979 - línea confidencial de la Oficina del Inspector General
Por escrito: PO Box 191733 San Juan, PR 00919-1733
Por correo electrónico: informa@oig.pr.gov
La querella debe contener la siguiente información: Nombre del funcionario, empleado, agente administrador o sus funcionarios contra quien se hacen las imputaciones.
- Área, Negociado, Oficina o Agente Administrador donde labora.
- Relación de los hechos que motivan la querella..
- Lugar donde ocurrieron los hechos.
- Cuando ocurrieron los hechos.
- Cómo se tuvo conocimiento de los hechos.
- Evidencia documental o testifical disponible.
- Nombre de los posibles testigos.
Las querellas recibidas en la Oficina del Inspector General del Gobierno de Puerto Rico son confidenciales. El nombre del querellante se mantiene en absoluta confidencialidad, a menos que éste nos autorice a mencionarlo.
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